Ascensores / 26 agosto 2022
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¿Pueden las juntas municipales modificar un proyecto de instalación de ascensor presentado?

Cuando una Comunidad de Propietarios se plantea un proyecto de instalación de ascensor para realizar una rehabilitación de su edificio con la finalidad de instalar un ascensor que les facilite la vida a los residentes, siempre hay muchas cuestiones que pueden condicionar el resultado final de esa deseada solución de accesibilidad.

A pesar de que se presente un proyecto concreto de FSA, puede haber cambios más o menos importantes en el diseño y características de la obra debidos a la normativa vigente.

Estos cambios no son, por tanto, responsabilidad de la Comisión de Obras, ni del equipo técnico encargado de la instalación del ascensor. En nuestro caso, de FAIN.

En qué consiste un Proyecto de instalación de ascensor por parte de la Junta Municipal

Todo empieza con un primer contacto con el técnico comercial especializado en la venta y asesoramiento de este tipo de actuaciones, junto con el arquitecto que llevará a cabo la ejecución del proyecto y la presentación del mismo ante el organismo competente. Éste último será quien otorgue la licencia que ampara la obra a ejecutar.

Cuando un comercial de FAIN, en colaboración con el arquitecto técnico que se considere más adecuado, comienzan el estudio y asesoramiento técnico de la instalación de un ascensor para dar forma a la idea que tiene un cliente, siempre se suele tener como premisa las prioridades, necesidades o peticiones del cliente, que es quien finalmente va a disfrutar su propia obra terminada, y quien corre con el gasto de la misma, ya que es un producto que va a gusto del consumidor.

Sin embargo, como comentábamos anteriormente, en este tipo de obra no todo es posible y hay muchos factores que influyen en el resultado final, como normativas y planeamientos a seguir, dependiendo de la zona en la que nos encontremos, ya sea en Madrid o en cualquier otro territorio.

Redacción del proyecto básico y de ejecución por parte del arquitecto

Dicho esto, tras el primer contacto con el cliente para conocer su ideal de obra, el arquitecto encargado de redactar el proyecto y conocedor, por norma general, de los requisitos que suelen pedir en las juntas municipales, siempre intentará proyectar los deseos del cliente en la instalación del ascensor, teniendo en cuenta la normativa vigente en cuanto a dimensiones y elementos esenciales de la obra.

Habrá casos en los que, por la tipología de edificio existente y por encontrarse en una zona muy determinada, desde el inicio se sabrá con certeza que no se puede dar forma a ciertas ideas y se tendrá que enfocar el proyecto directamente a lo que se conoce como viable.

En estos casos se informa al cliente y se le ofrece asesoramiento para que sea conocedor de cómo va a ser el resultado final de su obra.

En los demás casos, como decimos, se enfocará el proyecto a las peticiones del cliente, siempre y cuando no incumplan deliberadamente alguna de las normativas vigentes.

Una vez el arquitecto redacta el proyecto de instalación del ascensor, lo presenta por primera vez ante el Ayuntamiento o Junta Municipal competente para su revisión y aprobación si procede, y es aquí donde se abre un gran abanico que, por suerte o por desgracia, no siempre está al alcance del cliente/propietario de la finca decidir..

Los técnicos municipales son los verdaderos expertos de cada zona en concreto, y los encargados de conformar un conjunto urbanístico de similares características según planes de ordenación urbana aprobados por su Ayuntamiento.

Cuando un técnico municipal recoge un nuevo proyecto para hacerse cargo del expediente, revisa todos y cada uno de los puntos del proyecto para comprobar la viabilidad del mismo y los condicionantes.

Viabilidad del proyecto de ascensor

Al iniciarse este proceso, puede ocurrir que los técnicos vean totalmente viable el proyecto presentado (sería lo ideal siempre), e incluso puede que soliciten algunos pequeños cambios que no influyen en la composición o resultado final de la obra que el cliente tiene en su mente desde el inicio.
En estos casos, todo fluye rápidamente para el comienzo de la instalación del ascensor y las licencias se suelen conceder unos meses después de presentar el proyecto, con unos acabados y composición acorde con todo lo que el cliente había pedido.

Cumplimiento de la normativa vigente

No siempre tenemos este caso idílico y, de hecho, es más común justo el caso contrario, y es que no siempre se puede decidir el resultado final de una obra de accesibilidad aunque “seamos los promotores de la misma y los que pagamos para que se lleve a cabo”.

Como comentamos anteriormente, el máximo experto y máxima autoridad en estas concesiones de licencias finales será el técnico asignado por cada Junta Municipal siguiendo la normativa de ascensores, quien tiene el poder de solicitar tantas modificaciones del proyecto como considere oportunas por diversos motivos.

Esto puede condicionar que del proyecto inicial presentado, el que el cliente quería, al que finalmente se concede y puede ejecutarse, haya una diferencia notable e incluso que no tenga nada en común con ese inicial. Si el proyecto inicial es inviable, puede solicitarse que se redacte un nuevo proyecto completo.

Elementos y disposiciones objeto de modificaciones por la Junta Municipal en términos de proyecto de ascensor

Modificación de los cerramientos exteriores

Pueden solicitar que se modifiquen los cerramientos exteriores de la ampliación del edificio, decidiendo por completo si los vidrios serán transparentes o translúcidos, si el color de la torre y ampliación será blanco o de otro color que consideren, si tendrá que ser de ladrillo visto o de ladrillo enfoscado todo, si permiten que sea de vidrio toda la altura u obligan a poner ladrillo hasta la primera planta…. Y un sin fin de posibilidades que dependen del urbanismo general de la zona, los planes generales en ese momento en vigencia y los propios criterios de los técnicos municipales.

Cambios en la escalera, los accesos o el modelo de ascensor

De igual forma, pueden disponer incluso un cambio de orientación de la escalera según la proyectada, un cambio de ubicación del acceso al portal, que la forma del portal y su acceso se haga de una forma u otra e incluso el modelo de ascensor a instalar en esa obra.

Conjunto homogéneo de la zona

El caso más común es cuando existe, ya sea con aprobación reciente o no, lo que se llama “ conjunto homogéneo de la zona “ y es que desde un tiempo atrás hasta ahora, dado el auge de este tipo de obras e instalaciones y tras tener diferentes modelos ejecutados en cada zona, los técnicos intentan unificar para que, a futuro, todo un mismo distrito tenga la misma imagen urbanística y guarde la máxima similitud entre edificios cercanos.
Esto es algo que condiciona totalmente el proyecto, ya que son modelos de proyectos definidos y aprobados a los que no se les puede modificar nada y serán los definitivos a los que habrá que evolucionar nuestro proyecto inicialmente para obtener la licencia que ampare la obra. En estos casos, no hay posibilidad de salirse de lo marcado en los conjuntos homogéneos si queremos llevar a cabo la obra.

Definición del proyecto de obras y licencia de instalación del ascensor

Estas disposiciones, composiciones de acabados y demás llegan a definir en la evolución del proyecto y licencia, incluso los modelos y ubicaciones de huecos de ventilación e iluminación como pueden ser ventanas o puertas, no pudiendo disponerse de forma diferente a lo que marque la licencia en ningún caso.
De lo contrario, se puede incurrir en un incumplimiento que suponga la nulidad de la obra y pérdida de ayudas para la adaptación y accesibilidad del hogar, así como requerimientos de demolición incluso una vez ejecutadas, si no cumplen con lo marcado en licencia.

Por todo esto, es importante tener en cuenta, cuando una CP se propone iniciar el proceso para una obra de este tipo, no siempre se puede hacer realidad las ideas que el cliente tiene al ver otras instalaciones de ascensores. Hay muchos handicaps que condicionan el resultado final, y no siempre están ni en poder del cliente ni en el de la constructora o arquitecto que vaya a hacer realidad el proyecto, teniendo que ceñirse a lo marcado por los técnicos competentes.

Recuerda que en FAIN estamos entregados a ti y a tu proyecto, con un equipo de técnicos profesionales a tu disposición 24 horas al día, 365 días al año, para satisfacer las necesidades de tu comunidad de vecinos.

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