Ascensores / 26 abril 2025
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Sala de máquinas de tu ascensor: ¿Para qué sirve y qué requisitos debe cumplir?

La sala de máquinas de un ascensor (también conocida como «cuarto de máquinas») es el espacio que alberga la maquinaria que hace funcionar el ascensor. En ella se encuentran el cuadro de maniobra y el grupo tractor.

Características de la sala de máquinas del ascensor

  • Suele estar ubicada junto a o encima del hueco del ascensor. 
  • Requiere de unas dimensiones mínimas y debe tener ventilación, alumbrado y protecciones eléctricas. 
  • Además del cuadro de maniobras del ascensor y del mecanismo de tracción, esta sala contiene la documentación del ascensor y el registro de la empresa de mantenimiento. 
  • Debe incluir instrucciones de rescate junto con los elementos necesarios para llevar a cabo esta operación.
  • Aunque en determinadas Comunidades de Propietarios es habitual guardar en el cuarto de máquinas trastos o material de limpieza… ¡Esto está terminantemente prohibido! En ningún caso deben alojarse en esta sala objetos ajenos a la instalación. De hacerlo, esta circunstancia se convertirá en un defecto en la inspección realizada por el OCA (Organismo de Control Autorizado). Recuerda que se trata de un cuarto de trabajo, no de un trastero.

¿Quién puede acceder a la sala de máquinas y cómo?

En España solo pueden entrar a la sala de máquinas de un ascensor las personas autorizadas por la persona responsable del uso y funcionamiento del ascensor; es decir, los técnicos de ascensores y el personal de emergencias.

La finalidad del acceso no es otra que realizar tareas de mantenimiento, inspección o maniobras de rescate. Por tanto, para evitar accidentes innecesarios, en ningún caso deben acceder a esta sala las personas usuarias.

Por normativa, la sala de máquinas está cerrada bajo llave. Algunos ascensores disponen de un cajetín de emergencia, una pequeña caja de color rojo. Si el tuyo es uno de ellos, recuerda que las llaves del cuarto de máquinas se guardarán en ese cajetín.

Motor de ascensor y cajetín de emergencias

Normativa ligada al diseño y fabricación de ascensores y requisitos de una sala de máquinas

Las normas europeas EN 81-20 y EN 81-50 para el diseño y fabricación de ascensores aportan considerables beneficios en términos de accesibilidad y seguridad tanto para los pasajeros como para los técnicos de mantenimiento.

Estas normas reemplazaron a las anteriores EN 81-1 y EN 81-2 introducidas en 1998, y todos los ascensores puestos en uso después del 31 de agosto de 2017 están obligados a cumplirlas.

En concreto, la norma EN 81-20 introduce una serie de requisitos que tienen como objetivo, entre otros, hacer que el acceso a la sala de máquinas del ascensor sea más seguro para los técnicos de mantenimiento:

  • Para garantizar el paso seguro, las puertas de acceso al cuarto de máquinas deben tener una altura mínima de 2 metros y un ancho mínimo de 0,6 metros. 
  • Las trampillas de acceso deben tener un paso libre de al menos 0,8 metros por 0,8 metros y deben estar contrapesadas. 
  • Sus dimensiones están en torno a los 2 y 4 metros cuadrados y un mínimo de 1,50 metros de altura. 
  • Puestos de control: se deberá instalar un dispositivo de control de parada cerca de las zonas de intervención.
  • La sala de máquinas debe disponer de iluminación suficiente y de un sistema de ventilación eficaz.

Estas obligaciones permiten limitar los accidentes relacionados con la mala accesibilidad o la falta de visibilidad.

¿Todos los ascensores tienen cuarto de máquinas?

No, no todos. Existen ascensores sin cuarto de máquinas que aprovechan mejor el espacio y sitúan los sistemas de tracción dentro del hueco del ascensor. Un ejemplo de ello es nuestro revolucionario ascensor ION, tanto en su versión original como en las versiones Green, Solar o Adapt.

Dos técnicos de FAIN en un cuarto de máquinas

Mantenimiento y controles periódicos, una obligación para los propietarios

De acuerdo con el Real Decreto 355/2024 por el que se aprueba la ITC de ascensores, todo propietario de ascensor debe firmar un contrato de mantenimiento con una empresa conservadora especializada. Este contrato deberá incluir:

  1. Visitas periódicas de mantenimiento para comprobar el estado de los equipos.
  2. Una inspección periódica obligatoria (IPO) realizada por un organismo independiente cada 2, 4 ó 6 años, en función del tipo de instalación.
  3. Intervención rápida en caso de avería para garantizar la seguridad de usuarios y técnicos. Debes saber que FAIN vela por tu tranquilidad y va siempre un paso por delante de la normativa. De hecho, acudimos a los avisos por avería en menos de 2 horas y no dejamos ningún ascensor parado más de 24 horas por causas imputables a nuestra empresa.

Todas estas prestaciones incluidas en tu contrato de mantenimiento sirven, entre otras cosas, para garantizar también el buen estado de uso y conservación de la sala de máquinas.

FAIN, especialista en mantenimiento multimarca 

El cumplimiento de la normativa de acceso a las salas de máquinas es fundamental para garantizar la seguridad de técnicos y usuarios (una prioridad absoluta en FAIN Ascensores).

Además, debes saber que somos expertos multimarca, por lo que garantizamos un trabajo fiable y seguro, sea cual sea el modelo o marca de tus equipos.

Si tienes dudas sobre el cuarto de máquinas o sobre cualquier otro aspecto de tu instalación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Queremos que seas un cliente informado, formado y crítico; por eso ¡te hablamos claro!

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