Ascensores / 22 mayo 2024
/

Exigencias de la nueva ITC (4): Requisitos legales de las empresas conservadoras de ascensores

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 355/2024 por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», se considerarán empresas conservadoras de ascensores las personas físicas o jurídicas que desarrollan las actividades de mantenimiento, rescates de personas y animales de compañía, reparación, modificaciones y desmantelamiento de los ascensores objeto de esta ITC.

Estas compañías deberán cumplir con una serie de requisitos legales, regulados en el artículo 6 del mencionado Real Decreto.

A continuación, pasamos a analizarlas.

Declaración responsable de las empresas conservadoras de ascensores

Antes de comenzar sus actividades como empresas conservadoras, las personas naturales o jurídicas que deseen establecerse en España deberán presentar ante el órgano competente de la comunidad autónoma en la que se establezcan, una declaración responsable en la que el titular de la empresa o el representante legal de la misma declare:

  • Que cumple los requisitos que se exigen por esta ITC.
  • Que dispone de la documentación que así lo acredita.
  • Que se compromete a mantener estos requisitos durante la vigencia de la actividad.
  • Que se responsabiliza de que las actividades de mantenimiento, reparación, rescate y modificaciones se efectúen de acuerdo con las normas y requisitos que se establezcan en esta ITC.

Asimismo, la declaración deberá hacer constar que la empresa dispone de la documentación que acredita la capacitación del personal asignado a las diferentes tareas.

Presentada esta declaración, el órgano competente de la comunidad autónoma asignará, de oficio, un número de identificación a la empresa y remitirá los datos necesarios para su inclusión en el Registro Integrado Industrial.

Cabe recordar que, en virtud del principio de unidad de mercado, la declaración responsable habilita a la empresa conservadora para trabajar desde el día de su presentación en todo el Estado, y con una duración indefinida.

Seguro de responsabilidad civil ampliado y otros requisitos de las empresas conservadoras de ascensores

Las empresas conservadoras deberán cumplir lo siguiente:

  1. Disponer de la documentación que identifique a la empresa conservadora, la cual, en el caso de persona jurídica, deberá estar constituida legalmente.
  2. Contar con el personal necesario para realizar la actividad en condiciones de seguridad, en número suficiente para atender las instalaciones que tengan contratadas con un mínimo de:
  • Un técnico titulado universitario con competencias específicas en la materia objeto de la presente ITC, que será el responsable técnico, contratado en plantilla a jornada completa.
  • Un conservador contratado en plantilla a jornada completa.
  1. Disponer de los medios técnicos necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad.
  2. Haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente, que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio, con cobertura mínima de 600.000 euros por accidente. Esta cuantía mínima se actualizará por orden del Ministro de Industria y Turismo siempre que sea necesario para mantener la equivalencia económica de la garantía, previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Esta medida es una de las novedades de la nueva norma. Su propósito no es otro que proteger a los usuarios y propietarios de ascensores en caso de incidentes durante el mantenimiento.
  1. Responsabilizarse de que los aparatos que les sean encomendados se mantienen en condiciones de funcionamiento correctas.

Adiós a la persona encargada del ascensor

Un técnico de FAIN solicitando a un cliente la firma de un parte de trabajo

Hasta la fecha existía la figura de la «persona encargada del ascensor», responsabilidad que caía sobre el portero de la finca (en edificios residenciales) o sobre los responsables de mantenimiento (en fábricas o edificios de oficinas).

No obstante, con la entrada en vigor de la nueva ITC (prevista para el próximo 1 de julio de 2024) esta figura desaparece. ¿Qué significa eso? Que nadie, salvo el ascensorista cualificado como conservador de ascensores, podrá manipular el equipo. Esta es una extraordinaria noticia, pues los técnicos especialistas son los únicos profesionales formados ad hoc para realizar en condiciones de seguridad todo tipo de tareas (de mantenimiento, de rescate, de recogida de objetos en foso, etc.)

¡La normativa avanza, y nosotros con ella!

Si te surgen dudas sobre algún punto de los arriba explicados o, simplemente, quieres ponerte en contacto con nosotros, nos encontrarás #SiempreDisponibles en los canales habituales.

Información básica en protección de datos: Conforme al RGPD y la LOPDGDD, FAIN ASCENSORES S.A. tratará los datos facilitados con la finalidad de llamarte con la información que necesites. Para obtener más información acerca del tratamiento de sus datos y ejercer sus derechos, visite nuestra política de privacidad