Ascensores / 2 julio 2024
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¿Cómo afecta la nueva ITC a los ascensores instalados en viviendas unifamiliares?

Si cuentas con un ascensor unifamiliar, ya sea por necesidad o por comodidad, debes conocer la normativa que ha de cumplir tu equipo a lo largo de toda su vida útil. Por ejemplo, ¿sabías que es obligatorio dar de alta al equipo en Industria? ¿y que es preceptivo realizar unas labores de mantenimiento a cargo de una empresa especializada?

Además, la nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) aprobada por RD 355/2024 también habla de este tipo de elevadores.

Pero comencemos por el principio…

¿Qué es un ascensor unifamiliar?

Un ascensor unifamiliar es aquel que se encuentra instalado en una vivienda unifamiliar.

El mencionado RD 355/2024 define «vivienda unifamiliar» como «aquella construcción situada en parcela independiente o adosada, que sirve de residencia habitual, permanente o temporal, para una sola unidad familiar.»

Asimismo, también podrán tener la consideración de ascensor unifamiliar aquellos de uso residencial que, habiendo sido instalados en edificios existentes de más de una planta por necesidades de accesibilidad de los titulares, sean instalados con medidas que aseguren que sólo da servicio a una planta del edificio y su titular sea una persona física que será el usuario único del mismo.

Para tener esta consideración, el titular deberá solicitar el reconocimiento del órgano competente de la comunidad autónoma acreditando las medidas que se adoptarán para asegurar que el aparato sólo da servicio a una de las plantas del edificio además del acceso principal. Dicha condición se perderá en el momento en el que se quiera dar servicio a más de una planta del edificio.

¿Tengo que legalizar mi ascensor?

Sí. Es obligatorio que los ascensores unifamiliares estén inscritos en el RAE (Registro de Aparatos Elevadores) para dotarlos de un número de identificación (similar al DNI de una personas física o a la matrícula de un vehículo).

Ejemplo de número RAE de un ascensor FAIN

El alta de un aparato elevador en el RAE implica que, en el momento de su inscripción, este cumple con todos los requisitos en materia de seguridad según las Directivas 2014/33/UE (para ascensores de más de 0,15 m/s) y 2006/42/CE (para ascensores de menos de 0,15 m/s).

Suele ser la empresa que ha instalado el ascensor quien se encarga de realizar este trámite.

Además, debes saber que Industria prohíbe expresamente  a las empresas ascensoristas la intervención en averías y asistencias de equipos sin legalizar. Esta es una de las razones de más peso por la que se debe proceder a la inscripción (legalización) de los ascensores unifamiliares.

¿Es obligatorio realizar un mantenimiento de mi ascensor unifamiliar?

Sí, aunque la frecuencia en las labores de mantenimiento es distinta a la de un ascensor convencional.

Así lo señala expresamente la nueva ITC en su artículo 5 al indicar que las empresas conservadoras deberán realizar las revisiones presenciales de mantenimiento preventivo de los ascensores, al menos, en los plazos siguientes:

  1. Ascensores en viviendas unifamiliares y ascensores puestos en servicio mediante declaración CE de conformidad, según el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, o mediante declaración UE de conformidad según el Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, instalados en edificios de viviendas de hasta tres paradas y que no puedan dar servicio a más de 20 viviendas en total: cada 4 meses.
  2. Los demás ascensores: cada mes, no pudiendo transcurrir menos de 20 días ni más de 45 días entre cada revisión presencial de mantenimiento.
Un técnico de FAIN solicitando a un cliente la firma de un parte de trabajo

¿Mi ascensor tiene que pasar inspecciones obligatorias?

Por supuesto. En el caso de los ascensores unifamiliares se ha de realizar una inspección cada 6 años (una especie de «ITV» para ascensores) por parte de un Organismo de Control Autorizado (OCA) totalmente independiente a la empresa mantenedora.

No obstante, si los ascensores se encuentran instalados en edificios de más de veinte viviendas, o con más de cuatro plantas servidas, esta inspección se llevará a cabo cada 4 años.

Por otro lado, tu equipo deberá pasar algunas inspecciones extra siempre que se haya realizado en él una modificación importante o en caso de accidente. El objetivo de estas inspecciones es verificar que todos sus componentes cumplen con los requisitos de seguridad.

¿Tienes dudas?

Y tú, ¿cuentas con un ascensor unifamiliar sin legalizar o sin mantener como es debido? Recuerda que esto supone un incumplimiento grave de la nueva ITC que entró en vigor el pasado 1 de julio de 2024. La finalidad de esta normativa es reforzar tu seguridad y la de los tuyos.

Si te preocupan los trámites, déjalos en nuestras manos. En FAIN los hacemos en tu nombre para que no tengas que preocuparte por nada.

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